Sin duda alguna la creación del Banco de la República y su instalación en la actualidad como banco central en nuestro país ha sido un proceso no de días ni de meses, sino de años, y para conocerlo haremos lo que he denominado un recorrido por la historia del Banco de la República:
ANTECEDENTES
Después de varios intentos, en junio de 1880 el Gobierno creó el
Banco Nacional, para que actuara como su banquero y promoviera el
crédito público. La función de banquero consistía en prestar al
Gobierno los servicios de consignación de los fondos públicos o
de Tesorería, crédito, colaboración en la contratación de préstamos
internos y externos y la administración de los títulos de deuda
pública. También había sido encargado de la emisión de billetes.
Pero en 1894 debió ser liquidado por el Congreso, debido a excesos
registrados en la capacidad de emisión. Años más tarde fue creado
el Banco Central de Colombia, el cual funcionó de 1905 a 1909, y
luego fue liquidado por idénticas razones que el anterior.
La primera Guerra Mundial trajo
a Colombia graves dificultades económicas y financieras que no mejoraron
con el advenimiento de la paz. Las perspectivas de las entidades
bancarias durante las dos primeras décadas del siglo XX no eran
halagüeñas por el desorden monetario existente: se emitía dinero
sin control y las reservas de los bancos estaban dispersas. Además
se carecía de un sistema formal de garantías y respaldo gubernamental
para los bancos.
La anterior situación precipitó
la crisis de los años 1922 y 1923 que evidenció la escasez de medio
circulante. Se hacía apremiante la necesidad de dar solidez y estabilidad
a la moneda y al crédito mediante un banco central sólido y consistente.
LA MISIÓN KEMMERER
En marzo de 1923, el presidente Pedro Nel Ospina contrató
un grupo de expertos presidido por el profesor Edwin Walter Kemmerer,
que más tarde se llamó la Misión Kemmerer.
La primera actividad de esta misión fue el estudio de nuestra
realidad económica mediante el contacto y discusión
con cámaras de comercio, sociedades de agricultores y agentes
oficiosos regionales. Luego, sin que se tratara de un trasplante
de normas y organización vigentes en otras economías
ni de innovación total, la misión condujo al ordenamiento
de lo aprovechable en las leyes dictadas el año anterior,
como base para la elaboración del estatuto orgánico
de la entidad que iba a nacer.
CREACIÓN DEL BANCO DE LA REPÚBLICA
Mediante la Ley 25 de 1923 se creó el Banco de la
República, como banco central colombiano. Se organizó
como sociedad anónima con un capital original de $10 millones
oro, de los cuales un 50% lo aportó el Gobierno y la diferencia
los bancos comerciales nacionales, extranjeros y algunos particulares.
A esta entidad se le confió, en forma exclusiva, la facultad
de emitir la moneda legal colombiana, se le autorizó para
actuar como prestamista de última instancia, administrar
las reservas internacionales del país, y actuar como banquero
del Gobierno.
La Junta Directiva del Banco, conformada por 10 miembros,
representantes del sector privado y del Gobierno, fue encargada
por la misma Ley, de ejercer las funciones de regulación
y control monetario bajo estrictos parámetros de ortodoxia
financiera. Se le encomendó, además, fijar la tasa
de descuento y la intervención para controlar las tasas de
interés.
La creación del Banco
de la República constituye un elemento fundamental en la
organización económica e institucional del país.
Con el paso de los años, esta institución ha experimentado
cambios importantes que han buscado adecuarla a una economía
en permanente proceso de crecimiento y actualización.
REFORMAS
A continuación se trataran y explicaran las reformas mas importantes que ha sufrido el Banco de la República desde su creación:
1930
Segunda Misión Kemmerer. Mediante la Ley 82 de 1931, se modificó
la composición de la Junta Directiva del Banco, en la cual
se incorporaron representantes de la Federación Nacional de
Cafeteros y de las Cámaras de Comercio, y se formalizó la
inclusión del Ministro de Hacienda. Se estableció un control
de cambios para regular las operaciones con el resto del mundo.
Específicamente se reguló el cambio de moneda nacional a extranjera
y se determinó que todo pago al exterior debía tener la autorización
del Banco Emisor. Ello condujo a intensificar la actividad
del Banco como regulador de las operaciones monetarias tanto
de moneda doméstica como en divisas. En septiembre de 1931 Inglaterra
desmontó el patrón oro asociado con la libra esterlina, que
era la moneda internacional de referencia. Para evitar la
disminución de las reservas de oro, el Gobierno suspendió
temporalmente el comercio de este metal y la convertibilidad
de la moneda y estableció el control de las operaciones con
el resto del mundo. También, se asignó al Banco el monopolio
de la compra y venta de oro y moneda extranjera, función relacionada
con el manejo de las reservas internacionales del país.
1949
La misión Grove. En este año,
el Gobierno invitó a una misión de la Reserva Federal de Nueva York,
dirigida por Daniel Grove, a fin de que realizara un diagnóstico
del sistema bancario colombiano. Esta misión recomendó dotar al
Banco de la República de más instrumentos para regular la oferta
monetaria y la canalización del crédito con el objeto de incentivar
el desarrollo económico. En tal sentido, se facultó a la Junta Directiva
del Banco, con el voto favorable del Ministro de Hacienda, para
fijar cupos de crédito ordinario, especial o de fomento, y de emergencia,
para fijar y variar las tasas de interés y descuento a las operaciones
de préstamo, descuento y redescuento, y para señalar y modificar
el encaje legal de los establecimientos bancarios, entre otras funciones.Adicionalmente, se prorrogó el
término de duración del Banco y se le extendió la exclusividad de
la emisión de billetes por 20 años más, a partir del 20 de julio
de 1953. La composición de la Junta Directiva se modificó al permitir
una mayor participación de los gremios, para conocer más a fondo
los distintos sectores de la economía.
1950
En este año se tomaron las primeras medidas para que el Banco asumiera
la función de crédito de fomento. El Gobierno decidió orientar los
créditos de mediano y largo plazo hacia las actividades productivas.
Esta política de fomento fue reforzada, durante la década de los
setenta, con la creación de varios fondos financieros adscritos
al Banco de la República, como el Agropecuario, el de Inversiones
Privadas, Industrial, Promoción de Exportaciones y Desarrollo Urbano.
1951
Desde finales de los años 40
se venían adoptando decisiones encaminadas a ampliar las funciones
del Banco en materia de regulación y ejecución de la política monetaria
y crediticia. Tales medidas se concretaron mediante el Decreto legislativo
756 de 1951, el cual le otorgó al Banco atribuciones para diseñar
políticas monetaria, crediticia y cambiaria, a fin de crear condiciones
propicias para el desarrollo ordenado de la economía colombiana.
Para ello se hicieron flexibles algunas de las facultades que el
Banco tenía, y se le asignaron nuevas funciones sobre la fijación
de los cupos de crédito, la determinación del descuento y de las
tasas de interés, los porcentajes de encaje legal y las condiciones
de elegibilidad de las obligaciones bancarias. Mediante estas atribuciones
se consolidó su función como banco central, con amplias facultades
para el diseño y ejecución de la política monetaria y crediticia
del país.
1961
En los años 60, se consideró conveniente que el Estado delegara
la función reguladora de los flujos monetarios en una corporación
pública distinta de la Junta Directiva del Banco de la República.
1963
Se creó la Junta Monetaria, constituida
por los siguientes miembros: el Ministro de Hacienda y Crédito Público,
quien la presidía, el Ministro de Desarrollo, el Ministro de Agricultura,
el jefe del Departamento Nacional de Planeación y el Gerente del
Banco de la República. En 1976 se incorporó al Director del Instituto
Colombiano de Comercio Exterior - INCOMEX. Con voz pero sin voto,
asistían el Secretario Económico de la Presidencia de la República
y el Superintendente Bancario, además de dos asesores técnicos.
Con la creación de la Junta Monetaria,
retornaron al Estado las funciones que antes eran de responsabilidad
exclusiva de la Junta Directiva del Banco, de carácter privado.
De esta forma, se asignó al Estado el estudio y la adopción de las
políticas cambiaria, monetaria y crediticia, dejando a la Junta
del Banco sólo la ejecución de dichas políticas. El Banco conservó
el monopolio de la emisión y las demás funciones ya comentadas.
Las decisiones de la Junta Monetaria
estaban respaldadas por los conceptos técnicos emitidos por dos
asesores permanentes dedicados exclusivamente a la investigación
en los campos monetario, cambiario y crediticio. Esta asumió, así,
la formulación de las políticas en los citados campos, en tanto
que el Banco de la República se constituyó en ejecutor de estas
políticas y en asesor técnico del Gobierno en materia económica.
1967
El Decreto 444 puso en vigencia un nuevo sistema cambiario que intensificó la actividad del Banco en el control de los movimientos cambiarios, fundamentalmente en lo referente al manejo de los presupuestos de divisas y a la regulación de la oferta y la demanda de cambio extranjero.
1973
Nacionalización del Banco de
la República. En esta época el Gobierno se reincorporó como accionista
del Banco de la República, del que se había retirado en 1951. Adquirió
todas las acciones, dejando sólo una por cada banco accionista.
Las reformas al sistema monetario
y al Banco Emisor, contenidas en la Ley 7 y el Decreto 2617, culminaron
con la oficialización del capital del Banco de la República, ya
que el Estado pasó a ser propietario de la casi totalidad de sus
acciones. Así mismo, se transformó en entidad de derecho público
económico cuyas funciones no son delegables. Sin embargo, se mantuvo
la participación de los diferentes sectores en su Junta Directiva
incluyendo representantes del Gobierno y de los sectores exportador,
consumidor, bancario y de la producción y distribución.
A pesar de la nacionalización
del Banco y de la naturaleza esencialmente pública de sus funciones,
se preservó su autonomía especial frente a otras instituciones de
la administración pública, como una prolongación de la independencia
que quiso dársele desde su fundación.
Hacia finales de 1980 se empezó
a discutir la necesidad de una Junta más independiente del Gobierno,
ya que la Junta Monetaria no lo era, por cuanto la mayoría de sus
miembros eran ministros y funcionarios del ejecutivo, con responsabilidades
e intereses en diversos frentes de la economía. En consecuencia,
se venían planteando algunos proyectos de reforma que se cristalizaron
con la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente en 1991,
en la cual se incluyó el sistema monetario del país dentro de los
temas que, en el ámbito económico, debían ser objeto de regulación
constitucional.
EL BANCO EN LA CONSTITUCIÓN DE 1991
Con la Constitución de 1991, la Asamblea
Nacional Constituyente introdujo varias reformas al sistema de
banca central que existía en Colombia.
Las principales reformas estuvieron encaminadas
a la sustitución de la Junta Monetaria por la actual Junta
Directiva como máxima autoridad monetaria, cambiaria y
de crédito, que actúa independientemente del Gobierno,
y está conformada por siete miembros, así:
El Ministro de Hacienda, quien la preside,
el Gerente General del Banco y cinco miembros permanentes de dedicación
exclusiva, nombrados por el Presidente de la República
para un período de cuatro años, al término
del cual el siguiente Presidente podrá cambiar sólo
a dos de ellos, mientras que los restantes podrán continuar
en sus funciones. Sin embargo, ninguno de los miembros podrá
permanecer más de tres períodos consecutivos. Este
sistema garantiza la continuidad en las políticas del Banco
y evita que éstas se vean influenciadas por los ciclos
políticos, lo cual asegura una planeación de más
largo plazo y una mayor credibilidad para el público.
Así mismo, se eliminaron funciones
como la de otorgar crédito al sector privado (crédito
de fomento) o al Gobierno, a menos que se presenten las circunstancias
especiales ya previstas. En situaciones normales, el Banco sólo
podrá otorgar créditos a los intermediarios financieros
ante problemas temporales de iliquidez o escasez de recursos.
La innovación más importante
fue la decisión de darle rango constitucional a la búsqueda
del mantenimiento del poder adquisitivo de la moneda como objetivo
principal del Banco. Ello significa que una prioridad de la Junta
Directiva es el control de la inflación, pero en coordinación
con la política económica general. La armonía
entre las políticas del Banco y las del Gobierno es motivo
de la presencia del Ministro de Hacienda como presidente de la
Junta. La razón que motivó concederle alta importancia
al control de la inflación es el alto costo para la sociedad;
una tarea apremiante es pues, reducirla, de modo que se fomente
el ahorro y la inversión en el país.




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